Cómo gestionar la maternidad y la paternidad en la botica

Desde 2019, se han implantado cambios en los permisos de maternidad y paternidad. Su gestión es un punto importante en la planificación en la oficina de farmacia, con el fin de conciliar los derechos de todos los trabajadores y establecer una buena organización. Esto se debe a que, en ocasiones, los cambios organizativos pueden hacer que los horarios de los trabajadores sean difíciles de cuadrar. [1]

Derechos por maternidad o paternidad

Los derechos por maternidad y paternidad incluyen bajas, reducciones de jornada por guarda legal, horas de  lactancia y vacaciones. Del mismo modo, la pareja legal de la persona embarazada (independientemente de su sexo, o de si se trata de una pareja de hecho o matrimonio), desde 2021, se puede beneficiar de los mismos derechos, incluidas las horas de lactancia. Así, ambos miembros de la pareja pueden disfrutar de 16 semanas de descanso: 6 semanas obligatorias y 10 opcionales. [2] [3]

Durante las 10 semanas de descanso opcionales, es posible que el farmacéutico o la farmacéutica se reincorpore trabajando a tiempo parcial, percibiendo la prestación de maternidad. Esta prestación se tramita a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y sólo se puede solicitar después de las 6 semanas de descanso obligatorias. Pasado este período, la reducción de la jornada laboral está disponible para padres y madres con hijos menores de 12 años, durante las cuales se puede seguir percibiendo la prestación. [1]

Aunque estos puntos pueden variar según diversos factores, como condiciones personales, en general, las regulaciones de los diferentes derechos por maternidad y paternidad se establecen de la siguiente manera [4]:

  • Horas de lactancia. El período de lactancia es un permiso retribuido que se contempla hasta que el bebé cumple nueve meses. Los días acumulados de permiso de lactancia van en función del día de reincorporación, entre otros factores. [1]
  • Reducción de jornada por guarda legal. Es habitual que, al reincorporarse, el farmacéutico o la farmacéutica solicite una reducción de jornada. Esta solicitud se debe notificar con al menos quince días de antelación, salvo fuerza mayor. La reducción de jornada es diaria y, como máximo, reduce la mitad de la jornada. El farmacéutico sólo puede solicitar la reducción de la jornada dentro de los horarios en los que ya trabajaba antes. Si trabajaba en turnos alternos, puede solicitar su horario en un solo turno pactado con el titular. La oficina de farmacia puede aceptar o no la propuesta de horarios en función de las necesidades organizativas, por tal de que no perjudique los derechos de los otros empleados.
  • Excedencias por cuidado de los hijos. La excedencia se regula en un máximo de 3 años, período en que la cotización es efectiva. El tiempo de permanencia de la excedencia se establece en base a la antigüedad.
  • Vacaciones. Si el período de vacaciones coincide con una incapacidad temporal por embarazo, parto, lactancia natural o baja por maternidad, se puede posponer hasta terminar el período de baja, aunque termine el año al que corresponde.
  • Citas pediátricas. Aunque el permiso para acompañar a los hijos a citas médicas no está legalmente retribuido, la Sala de la Jurisdicción Social reconoce cierta flexibilidad si el farmacéutico llega 15 minutos tarde por esta causa.

 

Substitución y organización de horarios

Las bajas por maternidad y paternidad en la farmacia requieren varios trámites:

  • La contratación de un farmacéutico interino que substituya al farmacéutico de baja. El contrato suele ser temporal y no conlleva una indemnización en su finalización. Además, debe ser a tiempo completo y con las condiciones salariales genéricas propias del puesto. El interino puede recibir una bonificación si cumple con estas condiciones [4]:
  1. Se encuentra en situación de desempleo
  2. Su categoría profesional y su jornada laboral son la misma que las del farmacéutico al que sustituye

Si el farmacéutico interino sustituye al titular de la farmacia, ambos reciben una bonificación del 100% de la base de cotización. [5]

  • La reorganización de los horarios cuando el farmacéutico se reincorpora. Si, como es habitual, el farmacéutico solicita una reducción de jornada al reincorporarse, el farmacéutico interino puede sustituirle a tiempo parcial. La disminución del salario por reducción de jornada de trabajo diario es de, al menos, una octava parte y de máximo la mitad. [1]

La solicitud de reducción de jornada laboral se debe presentar por escrito con una antelación de al menos 15 días. Cuando se solicita por guarda legal, la reducción de jornada puede extenderse hasta el día anterior a que el menor cumpla 12 años. [6] El farmacéutico puede decidir cuántas horas se reduce la jornada, pero debe pactar con la oficina de farmacia los nuevos horarios.

Las bases jurídicas establecen que el farmacéutico no puede pedir horarios “a la carta”, pero en ocasiones se pueden aceptar cambios como no trabajar los sábados o dejar de trabajar en turnos alternos. Es decir, si el farmacéutico trabajaba en turnos alternos, es posible solicitar que su jornada se concrete en un mismo turno.

Una vez entregada la solicitud, la oficina de farmacia tiene un plazo máximo de 30 días para dar aprobar o negociar la solicitud, en caso de que los horarios planteados perjudiquen a la prestación de servicios. [6]

En caso de que varios farmacéuticos soliciten reducción de jornada por guarda legal en los mismos horarios, y esto perjudique la prestación de servicios de la oficina de farmacia, la farmacia puede denegar estos horarios, pero respetar el derecho de reducción de jornada del farmacéutico en otro horario. [1]

En otros casos, es posible que, debido a los cambios en la jornada, otros farmacéuticos se vean sobrepasados por el volumen de trabajo (por ejemplo, en los picos comerciales). Si la reducción de jornada de un farmacéutico supone esta situación, la oficina de farmacia puede denegar los horarios solicitados. Para ello, debe justificar las razones de una forma objetiva y veraz, ya que lo contrario supone una vulneración de los derechos del farmacéutico. [7]

 

Descubre más:

El paciente en el centro de la farmacia en tiempos de pandemia 

 

Referencias

[1] Gestionar la maternidad en botica para cuadrar turnos y jornadas. Diario Médico. Disponible en: https://www.diariomedico.com/farmacia/comunitaria/politica/gestionar-la-maternidad-en-botica-para-cuadrar-turnos-y-jornadas.html [Acceso: 27/01/2021]

[2] El permiso de paternidad y los demás derechos del padre (2021). Cuestiones Laborales. Disponible en: https://www.cuestioneslaborales.es/todos-los-derechos-laborales-del-permiso-de-paternidad/ [Acceso: 28/01/2021]

[3] 2021 estrena el permiso de paternidad de 16 semanas para equiparar a padres y a madres. El Español. Disponible en: https://www.elespanol.com/sociedad/20210101/estrena-permiso-paternidad-semanas-equiparar-padres-madres/547945368_0.html [Acceso: 28/01/2021]

[4] Gestionar la maternidad en botica para cuadrar turnos y jornadas. Asefarma. Disponible: https://www.asefarma.com/wp-content/uploads/2019/04/CORREO-FARMAC%C3%89UTICO-Gestionar-la-maternidad-en-botica-para-cuadrar-turnos-y-jornadas.pdf [Acceso: 27/01/2021]

[5] Maternidad en la titular de la oficina de farmacia. Cuevas Martínez Asesores. Disponible en: https://cuevasmartinezasesores.es/maternidad-en-la-titular-de-la-oficina-de-farmacia/ [Acceso: 02/02/2021]

[6] Pedir una reducción de jornada por guarda legal. TuEmpleo. Disponible en: https://blog.infoempleo.com/a/reduccion-jornada-guarda-legal/ [Acceso: 29/01/2021]

[7] Condiciones para pedir la reducción de jornada. Arras Farma. Disponible en: https://www.arrasfarma.com/blog/reduccion-jornada-farmacia/ [Acceso: 27/01/2021]

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