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Big Data: fórmulas para sacar valor a la información

En palabras de Dan Ariely, catedrático de psicología y economía conductual de la Universidad de Duke, ?todo el mundo habla de técnicas de Big Data, nadie sabe realmente cómo llevarlas a cabo, todos piensan que el resto de competidores las utilizan y, en consecuencia, todos afirman estar trabajando en ello?.

En palabras de Dan Ariely, catedrático de psicología y economía conductual de la Universidad de Duke, “todo el mundo habla de técnicas de Big Data, nadie sabe realmente cómo llevarlas a cabo, todos piensan que el resto de competidores las utilizan y, en consecuencia, todos afirman estar trabajando en ello”.



En cualquier caso, de las abundantes definiciones que son aceptadas en relación con el término “Big Data”, quizás una de las más ilustrativas, al menos hasta el momento en que se publique la norma de vocabulario ISO 3435-5 que recogerá los términos normalizados en relación con esta materia, sea la propuesta por el Grupo de Telecomunicaciones de Berlín, que habla de “gigantescas cantidades de datos digitalizados que son controlados por las empresas, autoridades públicas y otras grandes organizaciones que poseen la tecnología para realizar un análisis extenso de los mismos basado en el uso de algoritmos”.

Así, hablar de Big Data es hablar del análisis masivo de datos empleado en diferentes ramas de la economía (científicas, empresariales, marketing, etc.), concebido como un fenómeno más que como un mero desarrollo tecnológico. Un nuevo horizonte de posibilidades en el cual los datos puedan utilizarse, por ejemplo, para predecir la propagación de epidemias, descubrir los efectos secundarios de fármacos o combatir la contaminación en las grandes ciudades. Y todo ello, sin olvidar las archiconocidas tres uves: volumen de datos obtenidos, velocidad de transformación y variedad de datos tratados, los tres rasgos definitorios de este fenómeno.

No es posible, sin embargo, entender el Big Data sin su asociación necesaria al “Internet de las cosas” (IoT, por sus siglas en inglés), o la integración de tecnologías diversas y de uso cotidiano en relación con el almacenamiento, tratamiento, explotación y análisis de enormes cantidades de información.

Por todo ello, aun a pesar de que resulta más sencillo hablar de las ventajas que este fenómeno trae consigo, es, no obstante, relevante enunciar los retos y desafíos a los que se enfrentan y enfrentarán las empresas del futuro, grandes y pequeñas, en relación con el empleo de estos medios. Para llegar a la conclusión, posiblemente, de que el principal reto es la aplicación de las leyes vigentes de protección de datos de carácter personal.

En este contexto, es obligado tomar en consideración la Opinión del Grupo de trabajo del Artículo 29 (Opinion 8/2014 on the on Recent Developments on the Internet of Things), en la que se definen los principales retos a los que debería hacer frente una empresa u organización que quisiese desarrollar una estrategia de implantación de Big Data y, entre ellos, enumera la pérdida de control sobre la información personal, la necesidad de regular la prestación servicios tecnológicos asociados a estos fenómenos por parte de terceros, las limitaciones a la posibilidad de que el usuario del servicio no resulte identificado o identificable, la posible monitorización intrusiva y perfilamiento (profiling), así como la calidad del consentimiento del afectado y las medidas de seguridad encaminadas a evitar la alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado de la información personal.

Y si bien hablar de Big Data no implica necesariamente referirnos al tratamiento de datos personales, pudiendo referirse asimismo al tratamiento de información que ha sido tratada de tal forma que hace muy difícil la identificación de su titular, es importante, además, tener en cuenta que la “anonimización” o “disociación” de la información tratada, esto es, la expresión de un dato relativo a entidades o personas eliminado la referencia a su identidad, no es una respuesta que ofrezca una total certeza. Y es que a día de hoy resulta prácticamente imposible el empleo de una tecnología que permita una disociación irreversible.

Por todo ello, cabe preguntarse por cuáles son los parámetros a tomar en consideración a la hora de abordar un tratamiento masivo de información.

  • La expectativa de privacidad del usuario y su poder de decisión con respecto a su información personal. en un momento histórico como en el que nos encontramos, en el que el usuario es plenamente consciente del valor de aquella información relativa a sus hábitos y costumbres, y en el cual la concienciación sobre la potencialidad de esta información va a en aumento, resulta preciso informar al usuario sobre el uso al que se destinarán sus datos, y obtener un consentimiento libre, expreso, inequívoco e informado. Se trata de una exigencia que va más allá del cumplimiento normativo, configurándose como una buena práctica que aumentará la confianza y participación de los usuarios en el servicio. Todo tratamiento de información con estas características deberá respetar, asimismo, el llamado principio de inocuidad, esto es, los usos que se den al Big Data no podrán lesionar o restringir  los derechos y libertades de los individuos, respetando el libre desarrollo de su personalidad y su dignidad.

 

  • La incorporación a los procesos productivos de los principios de privacidad desde el diseño y privacidad por defecto. Esto es, la adopción, con carácter previo al tratamiento de datos y durante el mismo, aquellas medidas técnicas y organizativas que resulten necesarias para evitar el acceso y divulgación de la información, incluyendo aquéllas referentes a sistemas de información, diseño e infraestructura de red y la implantación de códigos de buenas prácticas y estrategias de cumplimiento normativo en las empresas.

 

  • La actualización del deber de información y la noción de consentimiento, y el cumplimiento estricto de la legalidad. Cuando aplicamos tratamientos innovadores de datos, también debemos innovar en la forma en que obtenemos el consentimiento de los afectados. La información a la que el usuario debe acceder ha de resultar sencilla, entendible y concisa, permitiendo a las personas decidir y conocer las posibles implicaciones que un determinado tratamiento puede tener. La prioridad debe ser aportar transparencia y seguridad jurídica a los procesos de actividad, generando así confianza en los usuarios.

 

Así, tomando en consideración estas coordenadas, sólo cabe esperar que la progresiva incorporación del Big Data vaya acompañada por una correcta adecuación técnica y jurídica de la misma, sin que esto obre en perjuicio del desarrollo de su potencialidad y la posibilidad de garantizar los derechos y libertades de los usuarios en los nuevos escenarios que se abren camino.

 

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